Nuestro Tribunal, tal y conforme lo hizo en el caso "Amira Núñez del Prado Santander" (Exp. Nº 2009-000627-0-1001-JR-CI-1) (Cf. ingreso del martes 13 de abril de 2010 en este mismo blog), ha declarado un segundo estado de cosas ilegal que consiste en pagar, de parte de la Dirección Regional de Educación, a los profesores comprendidos en la Ley del Profesorado la Asignación de Luto y Sepelio en función de la remuneración total permanente, cuando lo que corresponde es pagar estos derechos en función de la remuneración total.
En virtud de esta declaración de un estado de cosas ilegal, aquellos profesores que sean acreedores de la asignación por luto y sepelio, si acaso no se les pagan los referidos derechos conforme a la remuneración total, no requerirán agotar vía administrativa alguna, ni mucho menos transitar por un proceso judicial contencioso administrativo, sino acudir ante el Juzgado Contencioso Administrativo del Cusco, apersonándose en el proceso contenido en el Expediente Nº 2009-00899-0-1001-JR-CI-01 "Hilda Josefina Vilchez Tito" acreditando ser titular del derecho al pago de los indicados derechos y que los mismos le han sido pagados de modo ilegal calculándolos en función de la remuneración total permanente, para que el Juez encargado del proceso escuche a la demandada Dirección Regional de Educación y/o UGEL respectiva y de verificar que el caso es homólogo ordenar su represión, ordenando el pago de las asignaciones indicadas de acuerdo a la remuneración total.
Resolución en el caso "Hilda Josefina Vilchez Tito:
Hilda Josefina Vilchez Tito
En virtud de esta declaración de un estado de cosas ilegal, aquellos profesores que sean acreedores de la asignación por luto y sepelio, si acaso no se les pagan los referidos derechos conforme a la remuneración total, no requerirán agotar vía administrativa alguna, ni mucho menos transitar por un proceso judicial contencioso administrativo, sino acudir ante el Juzgado Contencioso Administrativo del Cusco, apersonándose en el proceso contenido en el Expediente Nº 2009-00899-0-1001-JR-CI-01 "Hilda Josefina Vilchez Tito" acreditando ser titular del derecho al pago de los indicados derechos y que los mismos le han sido pagados de modo ilegal calculándolos en función de la remuneración total permanente, para que el Juez encargado del proceso escuche a la demandada Dirección Regional de Educación y/o UGEL respectiva y de verificar que el caso es homólogo ordenar su represión, ordenando el pago de las asignaciones indicadas de acuerdo a la remuneración total.
Resolución en el caso "Hilda Josefina Vilchez Tito:
Hilda Josefina Vilchez Tito